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Diario de Mallorca                                                    17/8/00
Las casas rústicas pagarán 142.000 pesetas de media de contribución
El Ayuntamiento revisa el catastro y obliga a abonar el impuesto con los atrasos de tres años
PEP CÓRCOLES. Inca.
Los propietarios de 700 casas situadas en la zona rústica del término municipal de Inca deberán satisfacer el pago del impuesto de contribución. Hace muchos años que Inca no había revisado su catastro en suelo rústico.
La media que deberán abonar se sitúa en torno a las 142.000 pesetas, puesto que la previsión de cobro del consistorio es de 100 millones en total. La razón es que se prevé ingresar el cobro de este año más los atrasos de los tres precedentes. Sin embargo, el ingreso previsto para los años posteriores es tan sólo de 25 millones.
Los dueños pagarán aproximadamente a razón de 422,5 pesetas por cada metro cuadrado de suelo construido como precio tipo. Existen, por otra parte, condicionantes que pueden incrementar este impuesto.
Tipos de construcción
El departamento municipal de Gestión Tributaria especifica que "se contemplan unos baremos según el tipo de construcción que pueden aumentar su valoración y, por tanto, el impuesto a satisfacer. Puede darse el ejemplo de una casa construida en el campo que pague más que una vivienda de la calle Major. Por su puesto, nos referimos a construcciones de mucha calidad".
Este mes ha comenzado la campaña de notificaciones a los afectados. Durante los próximos tres meses se indicará a cada propietario la valoración de su edificación. Dispondrá después de un período de 15 días para presentar alegaciones y tras ese plazo se trasmitirá a la oficina del catastro para que se dé de alta la propiedad como tributaria. Seguí manifiesta que "durante el período en que los técnicos han elaborado las fichas ha habido buena disponibilidad por parte de los propietarios, por lo que es de suponer que ahora no habrá inconvenientes".
Durante este mismo año se pondrán al cobro los recibos correspondientes al presente ejercicio y los tres anteriores. Es decir, cada afectado deberá pagar la contribución desde el año 1997.
Quedarán exentas de satisfacer el pago del impuesto las casetas de aperos. Seguí dice que "no hay que confundir una caseta de aperos con una casita pequeña; estas últimas sí tributan, la única diferencia en muchos casos es el uso de la misma".
Seguí matiza que "en el caso de las construcciones ilegales, se abrirán expedientes y se tratarán caso por caso estudiando cada particularidad antes de decidir".

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